- El Tribunal Supremo confirma que la bandera arcoíris no tiene «significación partidista» y la reconoce como un emblema de inclusión, diversidad y derechos humanos.
- La sentencia avala que ondee en edificios públicos durante el Orgullo, concluyendo que no vulnera la normativa sobre el uso de banderas oficiales ni los principios de objetividad y neutralidad institucional.
- La FELGTBI+ destaca esta decisión como un avance en el compromiso institucional con la igualdad y los derechos del colectivo LGTBI+.
Madrid, 02/12/2024.– La Federación Estatal LGTBI+ celebra la decisión del Tribunal Supremo que confirma la legalidad de colgar la bandera arcoíris en edificios públicos durante la celebración del Orgullo, respaldando así el carácter inclusivo y no partidista de este símbolo. La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que la bandera arcoíris no tiene «significación partidista» ni «propugna ningún tipo de enfrentamiento» y la reconoce como un emblema universal de inclusión, diversidad y derechos humanos.
El fallo responde a recursos relacionados con el despliegue de esta bandera en la Diputación de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza. En ambos casos, el tribunal ha determinado que mostrar la enseña en espacios como un balcón o el patio interior de las instituciones no vulnera la Ley 39/1981, que regula el uso de banderas oficiales, ni los principios de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas. La resolución subraya que la bandera LGTBI+ «se proyecta a favor de la igualdad entre las personas», un valor consagrado en la Constitución Española y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
La presidenta de la FELGTBI+, Paula Iglesias, ha valorado positivamente la sentencia, destacándola como un avance significativo en el compromiso institucional con los derechos del colectivo: «Esta decisión del Tribunal Supremo refuerza algo que siempre hemos defendido: la bandera arcoíris trasciende las ideologías políticas y representa valores universales como la igualdad, el respeto y la inclusión. Su presencia en edificios públicos durante el Orgullo es un acto de visibilización que envía un mensaje de apoyo a la diversidad y a los derechos humanos.»
Iglesias también ha subrayado que el fallo llega en un momento crucial en la lucha contra la discriminación y los discursos de odio, instando a las Administraciones Públicas a que sigan promoviendo la igualdad, no solo a través de gestos simbólicos como este, sino mediante políticas concretas que refuercen su compromiso con la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.